DEMASDEMASIADO PROGRE PARAm MACRI

“Así como la monarquía terminó con el feudalismo y la república terminó con la monarquía, la democracia popular terminará con la democracia liberal burguesa y sus distintas evoluciones democráticas de que hacen uso las plutocracias dominantes”
Juan Domingo Perón

"EL PERONISMO NO SE APRENDE NI SE PROCLAMA, SE COMPRENDE Y SE SIENTE"
EVITA


Comunicado de Prensa - REDI - Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad

Macri gobierna en contra de las personas con discapacidad

Muchos pensaron que al asumir Macri, con Gabriela Michetti como vice jefa de Gobierno (usuaria ella de silla de ruedas), la situación de las personas con discapacidad mejoraría. Pasó todo lo contrario: en muchos aspectos empeoró.
Tal como empeoró para otros sectores empobrecidos y marginados por el modelo que Macri impulsa.


En materia de accesibilidad:

Restringió nuestro acceso a los edificios:

*    Incumplió su obligación de fiscalizar la aplicación de la Ley 161
(adecuación de las puertas tijera de ascensores sin reducir la accesibilidad), y de la Ley 962 "Accesibilidad física para todos".
*    La COPIDIS (Comisión para la Plena Integración de las personas con
Discapacidad) negó la posibilidad de adecuaciones en el ingreso de edificios de vivienda, cuando éstos no pueden cumplir con el 100% de las exigencias de la normativa (especificada para obra nueva). Niega así la accesibilidad a quienes solicitan su asesoramiento, soslayando el concepto de "ajustes razonables", definido en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
*    La titular de COPIDIS, y ahora candidata a Legisladora, Marina
Klemensiewicz, ha afirmado que no existen normas que obliguen a los privados a brindar accesibilidad en edificios existentes, desconociendo los contenidos y el espíritu de la normativa en accesibilidad vigente en la CABA (Código de Edificación, artículo "4.11.2.1. Reforma, ampliación y
transformación de edificios", referido a edificios existentes. Tomado de la Letra de la Ley Nacional 24314. Extendido a edificios de patrimonio
histórico.  También el Código de Planeamiento Urbano incluye este concepto en 4.13.2.
*    Vetó dos leyes, que de haberse promulgado hubieran contribuidos a
mejorar la situación habitacional de personas con discapacidad en situación de pobreza: la Ley 2973 (Decreto Nº 09/09 No Publicado Sanción 04/12/08): de Emergencia Habitacional (vetada parcialmente), y la Ley 3654 -  Prórroga de emergencia habitacional por 3 años.

Nos ignoró como peatones:

*    Las bajadas de cordón en cruces peatonales destinadas a dar continuidad al Plan de Veredas, tienen desniveles entre acera y calzada de hasta 5 cm.
*    Persiste en construir "lecho rebajado", riesgosa canaleta que discontinúa la superficie de tránsito en el cruce peatonal, transgrediendo
toda normativa en materia de seguridad y accesibilidad.
*    Discontinuó el contraste de color alrededor de los vados o en su misma superficie (señalización para personas con visión disminuida especificada en las normativas vigentes).
*    En numerosas intersecciones eliminó el desnivel entre acera y
calzada elevando la calle al nivel de la vereda. Pero su implementación, en barrios como "Palermo Soho", perpetúa la inaccesibilidad e incrementa los riesgos para personas ciegas: el cruce peatonal está resuelto mediante un adoquinado cuya irregularidad lo torna intransitable para adultos mayores, usuarios de silla de ruedas, o personas con alguna dificultad para caminar, o con tacos altos. A su vez, no hay señalización táctil que indique el límite de la vereda a las personas ciegas, quienes llegan a encontrarse en medio de la calle, sin darse cuenta.

A los ciegos no nos ve:

*    Vetó dos leyes que hubieran mejorado el acceso a la información para personas ciegas: la Ley 3090 (Decreto Nº 673/09 B.O 11/08/09): Ley de Defensa del Consumidor - Trámites en Sistema Braille, y  parcialmente  la Ley 3107 (Decreto Nº 675/09 B.O 11/08/09): Acceso a la Información Pública - Actualización de Contenidos Páginas Web.

Ignoró a los niños:

*    Los "Hogares de niños" (99 entidades) de la Ciudad de Buenos Aires,
pese a recibir hasta 6.000 pesos mensuales por niño, plantearon su
imposibilidad de cumplir con las normas de habilitación. Estas normas
incluyen la accesibilidad. El Macrismo elevó en la legislatura una iniciativa de prórroga en la aplicación de las normas, violando no solo la
Ley 962, sino también la Constitución de la Ciudad y la Ley de  Protección Integral del Niño (Junio/2010).

En materia de transporte:


Incumplió el dictamen judicial de instalar ascensores en todas las estaciones de subte, y asegurar su funcionamiento.

En materia de educación:

Incumplió el dictamen judicial de brindar accesibilidad en todas las
escuelas, faltando inclusive a su promesa de campaña. El 95% de las escuelas privadas y 75% de las públicas porteñas no cumplen ni siquiera con condiciones mínimas de accesibilidad: no cuentan con rampas de acceso para que ingrese una persona en silla de ruedas y/o carecen de ascensores y/o baños adaptados, entre muchos otros obstáculos. El 3 de marzo de 2011, la Sala II de la Justicia Contenciosa de la Ciudad confirmó la sentencia que obliga al GCBA a garantizar el derecho a la educación de niños/as con discapacidad. Pero el Gobierno de Macri desacata la sentencia.

En materia de salud:

*    Desatendió a los hospitales públicos, que acusan falta de recursos
para rehabilitación así como los insumos necesarios para la atención de
personas con discapacidad. La no adhesión de la Ciudad a la Ley Nacional 24.901 obliga a las personas con discapacidad que no poseen obras sociales a realizar amparos judiciales para cubrir sus necesidades elementales.
*    Vetó las siguientes leyes, que de haber sido promulgadas hubieron
impactado favorablemente en la salud de las personas con discapacidad de la Ciudad: la Ley 2566 (Decreto Nº 2135/07 No Publicado Sanción: 9/01/07): Laboratorio Estatal de Producción de Medicamentos - Creación;  la Ley 3332 (Decreto Nº 86/10 B.O 26/01/10): Libreta de Salud de Niñas, Niños y Adolescentes - Control Sanitario - Médico - Ministerio de Salud; la Ley 3296 (Decreto Nº 37/10 B.O 03/02/10): Prevención, detección precoz y la rehabilitación del Síndrome de Desgaste Laboral Crónico de los empleados que se  desempeñan en los efectores de los subsistemas de salud y el sistema de educación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Ley N° 153-  Ley Básica de Salud y la Ley N° 2.152- Ley de Educación Comunitaria para la Salud.
*    En materia de salud mental: Incumplió la Ley 448 de Salud Mental,
desatendiendo las distintas problemáticas psicosociales, desjerarquizando la Dirección General de Salud Mental, desmantelando el Hospital Público, y agravando la situación socio-económica que impacta en la salud mental de las poblaciones mal vulneradas.

Es conocida la desatención de la infraestructura edilicia de los hospitales
monovalentes Borda y Moyano, con falta de gas en el Hospital Borda desde hace más de 64 días.

*    Banco de elementos ortopédicos: El Banco no está equipado con
elementos estándar como muletas, bastones, sillas de ruedas, etc. La persona "responsable" desconoce características técnicas que solo conoce un especialista en la temática de la rehabilitación.

En materia de trabajo:

La ley 1502 establece que los empleadores deben consultar el Registro
Laboral de la Comisión para la Plena Inclusión y Participación de Personas con Discapacidad (COPIDIS) que, con rango de secretaría, depende de la vice jefatura de Gobierno. Allí están registrados  4700 aspirantes de los cuales solo treinta fueron contratados por parte del Estado. Según la Subsecretaría de Recursos Humanos, solo el 1,4 por ciento de su planta son personas con discapacidad cuando por Ley debiera alcanzar al  5%.

La Constitución de la Ciudad, en su artículo 43, establece que todo contrato de concesión de servicios debe asegurar un cupo laboral del 5 por ciento para personas con discapacidad. La Ley 1502, sancionada en 2004, le dio al Estado y a los concesionarios un plazo de cinco años para cumplir con esa exigencia. Cuando el período se cumplió, el año pasado, el Macrismo intentó prorrogarlo por otros cinco años, pero sólo logró extenderlo hasta diciembre de 2010. Nada se avanzó en este lapso y todo indica que la situación seguirá igual con nuevas prórrogas.

La Justicia porteña confirmó un fallo que obliga a la empresa Cliba -una de las contratistas del servicio de limpieza y recolección de residuos- a
contratar personas con discapacidad hasta cubrir el cupo del 5 por ciento de su personal, tal como lo establece la Constitución de la Ciudad y La ley 1502. El fallo obliga al Gobierno de la Ciudad a  garantizar el cumplimiento de la norma. Es esperable que Macri la dilate.

Coherente con su política de dejar a las personas con discapacidad sin
empleo y obligadas a mendigar para subsistir, Macri vetó la Ley 3721 -
Programa de Inclusión Laboral para Jóvenes en situación de Vulnerabilidad Social (04/02/2011).

Con relación a la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Ley nacional con rango Constitucional): Puso al frente de COPIDIS, organismo público referente de las personas con discapacidad, dedicada a hacer cumplir sus derechos, a una persona sin discapacidad, quien implementó una política expulsiva de los representantes de las organizaciones de personas con discapacidad en su Consejo Consultivo.

Por todo lo expuesto, y a fin de acabar con la clara política de exclusión
hacia las personas con discapacidad y sus familias por parte de la
administración Macrista, política que también afecta a otros grupos
vulnerados, marginados y empobrecidos, invitamos a todos los ciudadanos de la Ciudad de Buenos Aires que en las próximas elecciones voten rotundamente a favor de la construcción de una sociedad más igualitaria y justa.


MACRI - PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - VOS NO SOS BIENVENIDO AL GOBIERNO DE LA CIUDAD



Comisión Directiva de la Red por los Derechos de las Personas con
Discapacidad (REDI)
REDI - Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad
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Contacto de Prensa:

Silvina Molina

15-6305-5643

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